El gasto dominicano se desprende de recursos fiscales para destinarlos a exenciones y exoneraciones que, en el presupuesto del próximo año 2025, se registra como la partida de gasto tributario y refleja un incremento de 7% con respecto al 2024, al ubicarse en RS$383,566.2 millones.
Este monto que, no es más que los recursos que el Gobierno deja de percibir y que pudiera obtener de los impuestos exonerados para destinarlos a inversiòn pùblica, representa màs de un 4% del producto interno bruto (PIB) estimado para el 2025.
En 2024, el estimado de esa partida fue de RD$358,573.1 millones, equivalentes a RD$24,993.1 millones más para el año entrante. Solo en el Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) llega a casi un 3% del PIB.
Los impuestos incluidos son la renta, ITBIS, Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria, Selectivo al Consumo, entre otros.
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De acuerdo a los datos del presupuesto, el 66.6% , equivalentes a RD$255,542.2 millones forman parte de la exención en impuestos directos, mientras el 33.4% corresponde a impuestos indirectos.
La renta
En el caso del ISR (Impuesto Sobre la Renta), se contabilizan las exclusiones salariales a personas físicas a partir de la exención de RD$416,200 anual, clasificados en los tramos de 15%, 20% y 25% de renta.
El Règimen de Simplificaciòn Tributaria (RST) también abarca una exenciòn en base a un porcentaje de renta; asì como también en los impuestos a los hidrocarburos, a las importaciones y el 50 % a los vehículos de energía no convencional.
Otras exenciones aplican a las Asociaciones Sin Fines de Lucro. Tambièn està exento el salario de Navidad, las pensiones y el ISR a personas jurídicas o empresas de determinados sectores. De igual modo, las transferencias al sector público y al sector privado.
Tema de debate
El gasto tributario ha sido un tema de debate en el país y la región de Amèrica Latina, como también de diversos estudios, porque muchas de sus partidas han sido consideradas parte de la responsabilidad del Estado de contribuir a aliviar el desenvolvimiento no solo de los hogares, sino del desarrollo de la producción y de sectores dinamizadores de la economía, que crean empleos y fomentan las exportaciones.
A la discusiòn se suman organismos internacionales oomo el Fondo Monetario Internacional.
Otras corrientes insisten en una reducción màs drástica de esa fuente. Tal fue el caso de la propuesta de reforma fiscal abortada por el propio Gobierno, la cual eliminaba exenciones y exoneraciones de distintas fuentes.
El salario de navidad, que es un sueldo adicional en diciembre, el cual no está sujeto al pago del impuesto a la renta ni de las contribuciones a la seguridad social, dice textualmente el presupuesto aprobado en su capìtulo sobre el tema.
En tanto que el gasto tributario estimado para el año 2025 por concepto de las exenciones otorgadas a las empresas acogidas a los regímenes de zonas francas, turismo, cadena textil y de energía renovable, se calcula a partir de las ganancias o beneficios que espera recibir lmpuestos Internos.
Sepa màs
Cinco figuras impositivas 2023
Al cierre del año 2023, la capacidad recaudatoria del sistema tributario dominicano dependía en un 88.1% de cinco figuras impositivas: los Impuestos sobre los Ingresos (35.2%); el ITBIS (34.6%); los Impuestos sobre Hidrocarburos (8.2%); el Arancel (5.2%); y los Impuestos Selectivos a las Bebidas Alcohólicas y Tabaco (4.8%).
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